La gobernadora Carreras dispuso la Emergencia Agropecuaria por Gripe Aviar

La medida exime -total o parcialmente, en función del nivel de afectación- a los productores comprendidos en las actividades avícolas, del pago del Impuesto Inmobiliario de inmuebles rurales y subrurales y del Impuesto a los Automotores.

Además, se dispuso facultar a la Agencia de Recaudación Tributaria y al Ministerio de Producción y Agroindustria a evaluar la capacidad contributiva de los establecimientos de producción avícola afectados, para contemplar las exenciones totales o parciales.

Del mismo modo, el Ministerio de Producción y Agroindustria solicitará la homologación y asistencia económica a los organismos nacionales para la ejecución de acciones y obras tendientes a paliar los efectos del fenómeno.

También se trabajará para otorgar financiamiento o refinanciar deudas existentes de aquellos establecimientos avícolas afectados, aplicando condiciones financieras diferenciales tendientes a reactivar su capacidad productiva.

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