Sin testeo obligatorio, el 4 de diciembre vuelve el Turismo a Río Negro

El Gobierno de Río Negro confirmó que el fin de semana largo del 4 de diciembre la provincia abrirá sus puertas a la temporada de verano. El test negativo y el seguro COVID-19 no serán requisitos para poder ingresar a la provincia.
La apertura del turismo en Río Negro será a partir del 4 de diciembre, como expuso la Gobernadora Arabela Carreras cuando anunció el regreso del turismo, el test COVID-19 negativo no será requisito para el traslado, ni ingreso a la provincia y no será obligatorio contar con un seguro con cobertura COVID-19.
Se instalarán Centros de Testeo que se suman a los Hospitales Modulares en San Carlos de Bariloche y Las Grutas, reforzando la atención sanitaria para la próxima temporada de verano.
Ratificando esta decisión de apertura, la Gobernadora Arabela Carreras solicitó a Nación que Río Negro sea incorporada en la reapertura del turismo receptivo para visitantes provenientes de países limítrofes, con la reapertura de vuelos y pasos fronterizos internacionales.
Fácil y rápido, desde una aplicación o web:
– Descargar la App Circulación Río Negro o a través de la web https://circulacionrn.rionegro.gov.ar
– Completar los datos personales y/o del grupo del viaje; el motivo del viaje (Turismo) y el lugar de procedencia y el destino.
– 24 horas antes de viajar, completar declaración jurada donde conste que no presenta síntomas compatibles con COVID-19
– Declaración Jurada que acredite que la persona y su grupo de viaje no se encuentran comprendidos en los grupos de riesgo.

-¿Quiénes se consideran Grupos de Riesgo?
Son considerados como grupos de riesgo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 260/20 y modificatorias, los siguientes:
I. Personas con enfermedades respiratorias crónicas: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
II. Personas con enfermedades cardíacas: insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
III. Personas diabéticas.
IV. Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
V. Personas con Inmunodeficiencias:
• Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave
• VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable)
• Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días)
VI. Pacientes oncológicos y trasplantados:
• con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa
• con tumor de órgano sólido en tratamiento
• trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos
VII. Personas con certificado único de discapacidad.
VIII personas con obesidad con IMC igual o superior a 35,0 kg/m2 (Obesidad Clase II y III).

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