Proyecto para regular las mediaciones judiciales en Neuquén

El diputado César Gass, Juntos por el Cambio,  presentó un proyecto de ley para regular el servicio de mediación, público y privado, en toda la provincia. A tal fin, se crea una Dirección provincial de Mediación, un registro y se detallan aspectos específicos del procedimiento, entre otros aspectos. La medida determina los principios –tales como la imparcialidad, libertad, conformidad- que regirán en la mediación, entendida como el procedimiento para la resolución de disputas, en el marco de un establecimiento privado o estatal, en el que dos o más partes, deciden voluntariamente remediar sus conflictos, de una manera colaborativa, con la facilitación  de un mediador o más, habilitado.

El articulado indica que las actuaciones sobre las manifestaciones expresadas durante el proceso de mediación son de carácter confidencial y no podrán ser utilizadas en el marco judicial en caso de no alcanzar un acuerdo en la medicación.

Quedan prohibidas de someterse a mediación situaciones que comprometan el orden público; que resulten indisponibles para los particulares (amparo, hábeas corpus y hábeas data); las medidas cautelares de cualquier índole; las multas y sanciones conminatorias; los procesos de concursos y quiebras y las cuestiones de violencia en el ámbito familiar. En ningún caso, la mediación se puede realizar o continuar cuando en la relación exista violencia familiar o abuso sexual de niños, niñas y adolescentes, en cuyo caso debe dar por finalizada la mediación y dar intervención a los organismos judiciales y/o administrativos pertinentes.

La propuesta diferencia los términos, alcances y características particulares que tendrán las mediaciones de índole privada y de índole estatal. Para estas últimas, se establece el principio de gratuidad y cada organismo público -que brinde el servicio de mediación estatal-, llevará adelante el procedimiento de mediación gratuita, destinada a quienes tengan la necesidad de resolver una disputa, y no cuenten con recursos a tal fin. El valor de los honorarios de los mediadores, que será igual para mediadores públicos y privados, se determinará en la reglamentación de la ley. Los mediadores públicos que perciban haberes a través del Estado, destinarán los honorarios a la difusión de la mediación como alternativa de resolución de conflictos.

La presencia de letrados de todas las partes es obligatoria durante la mediación y el plazo total máximo de la mediación será de 60 días hábiles.

Los requisitos para ejercer como mediador son poseer título universitario de abogado o abogada; tener como mínimo tres años de antigüedad en el ejercicio profesional; acreditar domicilio profesional en la provincia; contar con capacitación y entrenamiento en mediación, y, finalmente, estar inscripto en el Registro Provincial de Mediación.

La propuesta establece, además, que los profesionales en condiciones de ejercer como mediadores deberán inscribirse en el Registro Provincial de la Mediación, el que dependerá de la Dirección Provincial de Mediación, estructura creada por la propia ley a fin de promover esta herramienta como resolución de conflictos. En el registro figurarán tanto los mediadores como los profesionales asistentes (profesionales no abogados o abogadas) y los centros de mediación de toda la provincia. Para figurar en el registro que habilita el ejercicio, los interesados deberán abonar una matrícula anual.

 

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