Parque Eolico Vientos Neuquinos: El Juez hizo lugar a la cautelar y citó a las partes a una audiencia

Se presentó la Provincia del Neuquén solicitando una medida cautelar que permita a las empresas contratistas continuar con las tareas de instalación y montaje de los molinos de viento, ya que se les habría impedido el ingreso al predio donde se están emplazando.

El Juez Procesal Administrativo, Matías Nicolini hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Provincia del Neuquén para que las empresas del Proyecto Parque Eólico Vientos Neuquinos I puedan continuar con las tareas de instalación y montaje de los molinos de viento. Además citó a las partes a una audiencia para el próximo 26 de noviembre.

Se presentó la Provincia del Neuquén solicitando una medida cautelar que permita a las empresas contratistas continuar con las tareas de instalación y montaje de los molinos de viento, ya que se les habría impedido el ingreso al predio donde se están emplazando.

Explican que la Provincia ha cedido el Lote 21, Área VIII “Bajada Colorada”, para realizar las obras de creación, instalación y explotación del “Parque Eólico Vientos Neuquinos I”, proyecto de energía con un costo de 130 millones de dólares que generará energía equivalente al 40% del consumo eléctrico de toda la Provincia, dando además utilidad a unas 800 hectáreas de tierras fiscales improductivas y generando durante su construcción mano de obra para alrededor de 600 operarios. Informan que la energía eólica es una fuente de energía renovable, no contamina, es inagotable y reduce el uso de combustibles fósiles, su uso de forma eficiente contribuyen al desarrollo sostenible.

Las empresas autorizadas a realizar el proyecto “Parque Eólico Vientos Neuquinos I” se vieron impedidas de acceder al terreno para continuar con los trabajos por los Sres. Nelson Normando y Wálter Hebert Cárdenas, quienes sostienen ser los dueños de las tierras.

En ese marco, la Provincia del Neuquén –además de efectuar la correspondiente denuncia en sede policial- se presenta ante el Juzgado Procesal Administrativo del interior a fin de solicitar el dictado de una medida cautelar que les permita continuar con los trabajos.

En fecha 14/08/2019 se corre traslado de la petición a los demandados y –a tenor de la urgencia alegada- se dicta medida precautelar ordenando el cese y la abstención de efectuar cualquier tipo de acto y/o conducta que perturbe, obstaculice, dificulte y/o impida la realización de las obras de creación, instalación y/o explotación del “Parque Eólico Picún Leufú”.

Luego contestan traslado los demandados (Normando y Cárdenas) manifestando ser ocupantes de la porción de terreno desde hace generaciones y que la actividad que se está desarrollando en el terreno afecta su actividad de cría de ganado.

Analizadas las circunstancias -en el acotado marco de una medida cautelar- se resuelve hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Provincia y llamar a las partes a una audiencia para el próximo 26 de noviembre. }

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