El jury a al juez Igoldi será el próximo 29 de mayo
El jury fue impulsado por la Procuración General, que en febrero elevó la causa al Consejo de la Magistratura por “mal desempeño”.
El Consejo de la Magistratura resolvió por unanimidad fijar la fecha del juicio político al juez Fabio Igoldi para el 29 y 30 de mayo. En principio estaba pautada para el 15, pero se postergó por un pedido de licencia de la procuradora General, Silvia Baquero Lascano, por razones médicas.
La resolución se tomó tras considerar un planteo del propio magistrado y la duración de la licencia médica de la Procuradora. En este sentido, el Ministerio Público garantizó la posibilidad de llevar adelante la acusacón para dicha fecha, por lo que la totalidad de los consejeros coincidió en que era adecuada la fecha.
Baquero Lazcano, fundamentó -en aquel entonces- el proceso en un escrito de 33 fojas. En su formulación menciona el enfrentamiento de Igoldi con la ex fiscal Itziar Soly, donde considera que la actuación del magistrado “podría, además ser disfuncional”.
También se hace mención a demoras en las denominadas causas Sandro Chaina y Juan Carlos Scalesi, incumplimiento en las causas Luis Muñoz y Andrés Barrientos, y demàs casos a los que se suma los diferentes llamados de atención que le formulara la Cámara Criminal por su desempeño.
Pero frente a estos hechos, sin duda sobresale su actuación en el caso del incendio del Juzgado Nª 4, en el edificio de Tribunales de Viedma, donde el propio Consejo de la Magistratura formuló, en una investigación, una serie de irregularidades de Igoldi, que incluso lo comprometieron frente a los ahora detenidos en esa causa por demorar allanamientos y detenciones.
Otra causa que se destaca el procesamiento al ex juez del Superior Tribunal de Justicia, sobreseído en un hecho acusado por Igoldi, por el uso de un vehículo oficial para llevar a cabo su mudanza desde la capital federal a Viedma. Nada se demostró y fue una causa que el magistrado “rescató” del archivo apenas asumió sus funciones.
En sus fundamentos Silvia Baquero Lazcano spstiene que “la prueba enumerada y detallada precedentemente permite evidenciar la existencia de una conducta sostenida y reiterada en el tiempo del Dr. Igoldi consistente en realizar, en su carácter de Juez de Instrucción, actos de manifiesta arbitrariedad que han afectado gravemente el servicio de justicia” y agrega que “en efecto, se ha podido constatar una persistencia y reiteración en el accionar del Magistrado, que se ha mantenido pese diversas recomendaciones y advertencias formuladas por la Cámara Criminal local, Salas A y B.