Salud amplía el control de los natatorios de Río Negro
Ya se encuentra vigente en toda la provincia, la nueva Resolución Nº1956 «MS» del Ministerio de Salud de Río Negro, que actualiza las normas de inscripción sanitaria de los natatorios de usos públicos.
La nueva norma da de baja las Resolución Nº 101 “MS” del 2007, y alcanza a los natatorios públicos, semipúblicos, terapéuticos y/o rehabilitación, cubiertos, al aire libre o SPA (salud por medio de agua).
El objeto de la resolución es el control de la calidad del agua y las condiciones higiénicos sanitarias, por lo que la autoridad de aplicación será el Departamento de Saneamiento Básico dependiente de la Coordinación de Salud Ambiental del Ministerio de Salud.
La vigencia de la inscripción será de tres años, y de forma anual se controlará el desarrollo de las actividades de aquellos natatorios de temporada (no permanentes), al comienzo de las mismas. Para el caso de natatorios permanentes, las inspecciones podrán realizarse en cualquier momento del año.
Actualmente la provincia cuenta con natatorios inscriptos por la Resolución Nº 101/07 la cual se dejó sin efecto. Esta modificación fue necesaria para actualizar cuestiones técnicas y delimitar los alcances que el Ministerio de Salud debe tener.
La recopilación de documentación y auditorias de control estará a cargo de las Unidades Regionales de Epidemiologías y Salud Ambienta (URESA) de cada Zona Sanitaria. Quienes luego enviaran la documentación al Ministerio de Salud, para ser inscriptos en el registro provincial de natatorios, donde se emitirá el Certificado de Inscripción y la Resolución Ministerial.
En este sentido, la inscripción o re inscripción se regirá por los aranceles establecidos por el Ministerio de Salud; se multará por incumplimiento y cuando se considere que exista un riesgo para salud de las personas que asisten a las mismas.