Amplian obligatoriedad de pago con débito
La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro amplió la obligatoriedad de aceptar pago con débito a todas las categorías del Régimen Simplificado, con terminales fijas, inalámbricas y pos móvil, tal cual lo dispuso la AFIP en marzo pasado.
Comprende a unos 16.500 establecimientos comerciales o de servicios que deberán aceptar el pago con tarjeta de débito, que están inscriptos en las categorías de la A a la E y que hasta la aprobación de la resolución 599/18 se excluían de la obligatoriedad.
Son unos 150.000 los contribuyentes, de toda la provincia de Río Negro, que deben contar con terminales electrónicas de pago habilitadas, aceptar pago con débito en todas las transacciones superiores a diez pesos y no cobrar con diferencias con operaciones en efectivo.
La normativa también dispone que el costo que insume instalar el equipo, necesario para operar con medios electrónicos, se pueda computar como crédito fiscal a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Las terminales pueden ser fijas, inalámbricas y los dispositivos celulares (Pos Móvil).
Las actividades de recepción de apuestas (salas de juegos de casinos, locales de bingo, hipódromos, máquinas tragamonedas, juegos electrónicos, agencias y/o subagencias de lotería) siguen excluidas de la obligatoriedad para la prevención y tratamiento de la ludopatía.
La norma de la ART rionegrina abarca a todas las personas físicas, jurídicas y sucesiones indivisas que realicen operaciones a título oneroso destinadas al expendio o prestación de bienes o servicios a consumidores finales en la Provincia de Río Negro. Excepto los contribuyentes cuya actividad sea la recepción de apuestas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7° de la Ley R Nº 4108 de prevención y tratamiento de la ludopatía.