Acciones de amparo por Torre Talero y por Canal Necochea
La justicia dio lugar a dos reclamos de la Defensoría del Pueblo ante el incumplimiento de las sentencias
El 10 de mayo, la Defensoría del Pueblo denunció el incumplimiento de la Municipalidad de Neuquén a la sentencia judicial que ordenó la adopción de medidas para resguardar la Torre Talero.
Por ello, y ante el vencimiento de los plazos establecidos, la titular del juzgado civil Nº 4, María Eugenia Grimau, intimó al municipio a efectivizar la orden en quince días.
Respecto del amparo por el canal Necochea, la jueza se expidió de igual modo, atento a la falta de cumplimiento del Epas a la orden judicial para realizar las acciones que correspondan tendientes al saneamiento del canal.
La medida se enmarca en la acción de amparo colectivo ambiental por contaminación del canal, presentada por la Defensoría del Pueblo en 2014.
El defensor del pueblo de la Ciudad de Neuquén, Ricardo Riva, denunció el incumplimiento de la Municipalidad de Neuquén a la sentencia judicial que le ordenó la adopción de medidas tendientes a resguardar y conservar la Torre Talero.
Lo hizo en el juzgado civil Nº 4 que tramitó el amparo colectivo ambiental y que condenó en marzo de 2017 a la Municipalidad a resguardar en primer término y a conservar dicho edificio histórico con acciones de prevención del derrumbe y deterioro, en el plazo de un año.
La presentación de la Defensoría se funda en el vencimiento de los tiempos establecidos, sin que obre en el expediente el cumplimiento de la sentencia definitiva. Por ello, la jueza Grimau intimó al municipio a que, en 15 días, acredite las medidas adoptadas para cumplir con la orden judicial, bajo apercibimiento de imponer una multa diaria por cada día de retardo.
La acción de amparo para proteger la Torre Talero fue presentada por el defensor del pueblo, Ricardo Riva en octubre de 2016 luego de hechos vandálicos que se difundieron por medios de la región.
Del mismo modo, la titular del juzgado civil N° 4 se expidió respecto de la denuncia presentada por la Defensoría del Pueblo ante el incumplimiento de la orden judicial que dio al Epas un plazo de 4 meses para presentar el plan de obras, con detalles de tiempos y fuente de financiamiento que permitan evitar “definitivamente” los desbordes cloacales de la red troncal Necochea, el escurrimiento en vía pública y en el canal del mismo nombre.
En este sentido, se intimó al Epas, mediante orden judicial, a acreditar el cumplimiento de la sentencia en el término de 15 días, con la advertencia de imponer una multa diaria por cada día de demora y hasta su efectivo cumplimiento.
Se trata del amparo ambiental presentado por la Defensoría del Pueblo a raíz de denuncias de vecinos del canal Necochea. El 24 de junio de 2016, la jueza María Eugenia Grimau, ordenó remediar las aguas y el cauce del canal mencionado, “para que no existan residuos cloacales que contaminen el curso de agua y a recomponer el suelo degradado”.
En ese fallo, Grimau consideró entonces prudente dar un plazo de 180 días corridos para la ejecución de trabajos y en forma simultánea, mantuvo la medida cautelar para evitar los derrames cloacales hacia el canal Necochea.
En dicha sentencia del 2016 también se ordenó a la municipalidad a realizar los trabajos para el mantenimiento del canal Necochea “limpio para que las aguas escurran“, dado que el organismo tiene también responsabilidad por tratarse de un curso de agua pluvioaluvional.
A pesar de la apelación del Epas, la Cámara Civil, sala I, dejó firme el amparo ambiental colectivo presentado por la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Neuquén a raíz de la contaminación en el sector mencionado del Oeste de la capital neuquina.