Decreto, descuentos y propuestas para recuperar dias de clases

Con la presencia de los ministros Prezzoli, Storioni y Gaido se desarrollo la conferencia de prensa en Casa de Gobierno por el conflicto con ATEN.

En acuerdo general de ministros ha sido adoptada la de decision del Decreto
Mañana los docentes tendran liquidados los salarios con los descuentos correspondientes.

El aumento por Decreto será del 6.3 por ciento el aumento para el primer trimestre.

El ministro de Gobierno Juan Pablo Prezzoli manifesto que ” frente al rechazo de Aten decimos si a la educacion. Decimos si a la educacion de los niños. Agotamos todas las instancias. Debemos tomar una decision por el bienestar general”.

“Hay una interna sindical que se debe dirimir pero no con el derecho a la educacion de los niños. Decimos si a la educación de los niños y niñas. Agradecemos al 85 por ciento de los docentes que estan frente a las aulas. Necesitamos avanzar”.

Por su parte Gaido señslo que “estamos ante una situacion de una dirigencia que le ha dicho no al aumento automatico. Le ha dicho no a la mejor propuesta del país. Tres de los cuatro gremios han acordado.”

” Decimos si a la igualdad y a la equidad. Todos los trabajadores tienen el mismo derecho. Hay una interna sindical. El 90 por ciento de los docentes está esperando una definición. El dialogo siempre está abierto. El gremio pide diálogo y cierra la Casa de Gobierno y cierra el CPE”, acoto.

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A su turno Storioni señalo que “Me quiero dirigir a los docentes que estan trabajando desde el 5 de marzo. En el dia de hoy se pone en alza el derecho a la educación. La respuesta que damos esta dirigida a las familias y a los maestros que estan trabajando. Estamos diseñando un menu de propuestas para recuperar los días de clases y reformular actos para convertirse en dias de clases”.

“Las mesas de examen se haran sin suspension de clases”, remarco.

 

DECRETO Nº 0556/18.-
NEUQUÉN, 03MAY 2018

VISTO:
Las reuniones mantenidas entre los representantes del Poder Ejecutivo
Provincial y los delegados gremiales de la Asociación de Trabajadores del Estado,
(ATE), de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), de la Unión Neuquina de
Agentes Viales Provinciales (UNAVP) y de la Asociación de Trabajadores de la
Educación del Neuquén (ATEN); y

CONSIDERANDO:
Que sigue siendo voluntad del Estado neuquino resolver en un
ámbito propicio de diálogo los reclamos formulados por los trabajadores públicos,
arribando a soluciones componedoras y superadoras que satisfagan los intereses de
todos los sectores involucrados;
Que se han llevado a cabo distintas reuniones entre el Gobierno
Provincial y los delegados gremiales;
Que el Estado Provincial a través de sus representantes ha
mantenido reuniones con los delegados gremiales, arribando a un acuerdo mediante
Actas de fecha 28 de febrero de 2018, con los representantes de ATE, UPCN Y
UNAVP;
Que por lo expuesto corresponde el dictado de la presente norma
legal;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
D E C R E T A:
Artículo 1º: ACTUALÍZASE, a partir del mes de Abril de 2018, los sueldos de los
trabajadores pertenecientes al Escalafón General, Policía, Docentes, y
para los cargos comprendidos en el Anexo II del Artículo 1° – Inciso D-1 de la Ley
2265 (excluyendo cargos COP), considerando el treinta y seis por ciento (36%) del
índice de precios al consumidor elaborado y publicado por la Dirección Provincial de
Estadística y Censo de la Provincia del Neuquén (I.P.C.), el treinta y dos por ciento
(32%) del índice de precios al Consumidor elaborado y publicado por la Dirección
General de Estadística y Censo de la Provincia de Córdoba y el treinta y dos por
ciento (32%) del índice de precios al consumidor elaborado y publicado por el
Instituto Nacional de Estadística y Censos (I.N.D.E.C.), entre el mes de Marzo de
2018 y el mes de diciembre de 2017, tomando como base los sueldos al 31 de marzo
de 2018, para de tal manera conformar los sueldos de los meses de Abril, Mayo y
Junio del corriente año.
Artículo 2º: APLÍQUESE la actualización salarial establecida en el inciso que
antecede, a los salarios de los trabajadores comprendidos en los
Convenios Colectivos de Trabajo sectoriales, sancionados mediante la Ley 2830,
2890,2894, 2904, 2939, 2942, 2943, 2944, 2972, 2973, 2991, 3046, 3077 y 3096.
0556
03 MAY 2018
DECRETO Nº__________/18.-
Artículo 3º: ESTABLÉZCASE que el otorgamiento de la actualización prevista en el
artículo 1°, será extensible a las Comisiones de Fomento y a los
contratos administrativos, sin distinguir, en el caso de la Dirección Provincial de
Estadística y Censo, entre los que sean financiados con fondos nacionales o
provinciales.
Artículo 4º: INVÍTASE al Instituto de Seguridad Social del Neuquén a adherir a lo
dispuesto por la presente Norma, y a hacerlo extensivo a los
jubilados/pensionados, de los sectores comprendidos en los artículos 1° y 2° de la
presente norma legal.
Artículo 5º: EXCLÚYASE los adicionales del artículo 34° de la Ley 2265 y al artículo
29º de la Ley 2265 de la actualización establecida en el art. 1° de la
presente norma legal.
Artículo 6°: AUTORÍZASE a la Subsecretaría de Hacienda dependiente del
Ministerio de Economía e Infraestructura a efectuar las reestructuras
presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente norma legal.
Artículo 7°: El gasto que demande la implementación del presente será atendido
con las partidas del Presupuesto general Vigente.
Artículo 8°: REMÍTASE el presente en forma de estilo a la Honorable Legislatura
Provincial.
Artículo 9°: El presente Decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros.
Artículo 10°: Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.
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