Despachos por mayoría y minoría a la reglamentación de la consulta popular
La comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia (A) votó esta mañana un despacho por mayoría y otro por minoría a la reglamentación de las consultas populares vinculantes y no vinculantes, establecidas en los artículos 310 y 311 de la Constitución Provincial. El tema continuará su tratamiento parlamentario en la comisión de Hacienda y Presupuesto (B).
El despacho por mayoría surgió del proyecto presentado por los diputados Claudio Domínguez (MPN), Francisco Lepore (Avanzar) y Guillermo Monzani (Hacemos Neuquén), al que se incorporaron aportes del diputado Carlos Coggiola (Neuquén Federal) y del PRO-NCN, quienes también habían presentado iniciativas sobre el tema. El texto acordado contó con el apoyo de los bloques DC-Comunidad, MPN, Avanzar, Neuquén Federal, Hacemos Neuquén, Juntos, PRO-NCN y JxC-UCR. En tanto, UxP impulsó un despacho por minoría y la banca PTS-FIT-U no acompañó ninguna de las dos propuestas.
El texto acordado por mayoría establece que la finalidad de la consulta es incentivar la participación ciudadana en la toma de decisiones públicas. La convocatoria a la consulta vinculante la aprobará la Legislatura por mayoría absoluta de los miembros presentes y deberá contener el texto completo de la ley y la formulación de preguntas de manera clara y precisa para que la respuesta sea categórica por sí o por no. Si la ley sometida a consulta es ratificada por mayoría de votos de la ciudadanía, será promulgada automáticamente y no podrá ser objeto de veto por el Poder Ejecutivo. La consulta popular deberá realizarse dentro de un plazo no inferior a 45 días y no superior a 90 días corridos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial.
Uno de los aportes incorporados es el plazo de dos años que se fijó para que no se reitere la ley, en caso que el resultado de la consulta haya sido negativo. También se incluyó la prohibición de someter a consulta vinculante las leyes que estén referidas a tributos, presupuesto o que exijan una mayoría agravada para su aprobación, incluida en el proyecto de Coggiola.
La explicación de las propuestas incorporadas estuvo a cargo de Lepore, quien descartó cualquier tipo de incidencia en el conflicto docente. “No es un proyecto coyuntural; solo de ver los plazos, cualquier iniciativa la estaríamos tratando en julio del año que viene”, precisó.
Claudio Domínguez (MPN) ponderó el grado de participación ciudadana y transparencia que promueve la consulta popular al otorgarle a la población la posibilidad de promulgar o vetar una ley.
A su turno, Coggiola destacó el plazo de dos años propuesto para que no se reitere una ley que haya sido sometida a consulta con resultado negativo. En sentido similar se pronunció el presidente de la comisión Ernesto Novoa (DC-Comunidad), quien calificó el plazo de “razonable” y prudencial.
Desde PRO-NCN, el diputado Marcelo Bermúdez dijo que la iniciativa es “un buen instrumento” y Damián Canuto, si bien votó a favor, expresó reparos en que se establezca la obligatoriedad del voto en la consulta vinculante. “Sería un sano ejercicio democrático establecer una elección no obligatoria”, manifestó tras advertir que la Constitución no explicita el carácter del sufragio en la consulta vinculante, mientras que para la no vinculante determina que el voto no será obligatorio.
Desde Unión por la Patria, la diputada Lorena Parrilli y el diputado Darío Martínez pidieron separar la consulta de las elecciones nacionales, provinciales y municipales, contemplar la creación de un espacio de participación ciudadana y prohibir el financiamiento privado en las campañas publicitarias. Como no hubo acuerdo para incorporar esos planteos, impulsaron un despacho por minoría.
El diputado Andrés Blanco (PTS-FIT-U) expresó su rechazo al argumentar que la posibilidad de poner a consideración de la ciudadanía determinadas leyes va a depender de las voluntades políticas de la Cámara y consideró que la primera iniciativa que se va a poner a someter a consulta popular es la declaración de la educación como servicio esencial.