Río Negro aprobó una nueva ley de pesca deportiva para proteger tiburones
Los tiburones costeros del golfo San Matías son especies que requieren protección diferenciada debido al franco declive en el que se encuentran sus poblaciones, objeto habitual de la pesca deportiva marítima, aunque hace algunos años se comenzó a implementar de manera voluntaria por parte de una veintena de pescadores un sistema de devolución y cuidado de los ejemplares de ese tipo de peces.
No obstante, la vulnerabilidad ecológica de esos escualos obliga al Estado rionegrino a establecer pautas para la extracción sin fines comerciales, tal como ya se está realizando en la Provincia de Buenos Aires.
Las especias que quedan comprendidas en el régimen de protección diferenciada son los ejemplares de tiburones costeros Escalandrún (Carcharias taurus); Bacota (Carcharhinus brachyurus); Azul (Prionace glauca), Gatopardo (Notorynchus cepedianus), Cazón (Galeorhinus galeus) y Tiburón martillo (Sphyrna zygaena). Se prohíbe su captura con sacrificio y se establece la devolución obligatoria.
Los pescadores deportivos deberán sacar un permiso habilitante para las modalidades de tierra, embarcación o submarina (en apnea). Será gratuito u oneroso, según determine en cada caso la autoridad de aplicación que será la Subsecretaría de Pesca con el asesoramiento del Instituto Cimas de San Antonio Oeste.
Mediante la reglamentación de la ley se delimitarán zonas de pesca y qué especies y tallas mínimas se autorizan capturar. La Autoridad de Aplicación podrá establecer restricciones adicionales en base a informes científicos fidedignos, que acrediten la necesidad de las mismas.
También se fijará en cada zona de pesca el volumen máximo de capturas diarias permitidas según cada modalidad habilitada, así como otras consideraciones técnicas en cuanto a la talla de los individuos por especie.
Por otro lado, se crea el Registro de Embarcaciones para titulares de embarcaciones deportivas que se inscriban para ejercer la actividad. Los titulares autorizados para la captura de especies de protección diferenciada deben remitir a la Autoridad de Aplicación un informe mensual sobre las capturas y sueltas de especies de protección diferenciada realizadas por cada embarcación. La regulación también establece las artes de pesca permitidas para la práctica.
Para la celebración de concursos de pesca deportiva marítima se requerirá una habilitación expedida por la Autoridad de Aplicación. La organización de los mismos será responsable de las capturas permitidas y el cumplimiento de los cupos y tallas de las especies con y sin protección diferenciada.
Varias entidades colaboraron con el aporte de conocimiento sobre la temática para la elaboración de la ley como la Fundación para la Recepción y Asistencia de Animales Marinos, la Fundación Vida Silvestre, la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de La Plata y especialmente los integrantes del proyecto Conservar Tiburones y varias agrupaciones de pescadores deportivos que acuerdan con estos lineamientos.
“Entendemos que la provincia de Río Negro se encuentra comprometida con la conservación y el aprovechamiento sustentable de sus recursos naturales, en particular aquellos cuya vulnerabilidad ha sido demostrada de manera contundente y requiere de la más urgente intervención por parte de las autoridades correspondientes y así preservar estas especies en el futuro en las aguas rionegrinas”, señalaron los autores del proyecto.
Tiburones en Peligro
La norma regula la captura de aquéllas especies ícticas sometidas a un régimen de protección diferenciada, cuyo ejercicio requiere de una autorización específica de la Autoridad de Aplicación.
Este mecanismo responde a que se deban adoptar medidas especiales de protección de especies sensibles encaminadas a la consecución de la sustentabilidad de dichas poblaciones.
Las poblaciones de tiburones están en franco declive y son una fracción de lo que fueron históricamente. Estos predadores tope son el primer grupo de vertebrados más amenazados de los océanos; según nuevos estudios los tiburones de mar abierto han disminuido más del 70% en los últimos 50 años.
A escala regional y global, algunas especies -como el Escalandrún, Cazón y Gatuzo- se han reducido en más del 80% en las últimas 3 décadas. Los tiburones, al igual que los grandes predadores terrestres, ayudan a mantener sanos los ecosistemas marinos, por lo que su extinción impactaría nuestro mar y afectaría a las personas que de él dependen. Por ello, la implementación de acciones para su conservación debe ser inmediata.
Argentina es uno de los puntos críticos identificados a nivel global para la conservación de tiburones y rayas. En el marco del Foro para la Conservación del Mar Patagónico, se evaluaron más de 35 especies de peces cartilaginosos en la región, de las cuales, el 57% fue identificada bajo alguna categoría de amenaza de extinción, de acuerdo a criterios de la Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza.
Además, de 20 especies amenazadas, 75% son especies endémicas, como el gatuzo, pez ángel espinoso y guitarras grande y chica.
En términos de acciones de conservación en el país, la Provincia de Rio Negro participa del proyecto de marcado y devolución de grandes tiburones costeros “Conservar Tiburones en Argentina” con 21 pescadores activos de un total de 56 en todo el país (37,5%).
Los pescadores deportivos participan del mismo de manera voluntaria y colaborativa y son claves en la conservación actual de tiburones habiendo marcado y devuelto en aguas rionegrinas un total de 267 ejemplares -de 2.130 del total del proyecto- entre bacotas (51%), cazones (31%) y gatopardos (17%) y otros tburones.
Tres ejemplares marcados en Bahía Creek han sido recapturados, uno en aguas nacionales y dos en el exterior, aportando información valiosa para el manejo de estas especies. Una hembra de bacota fue recapturada en Mar de Plata a los 46 días y habiendo recorrido una distancia mínima de 642 kilómetros.. Mientras que las hembras de cazón fueron recapturadas en la zona de pesca de la flota artesanal de La Paloma, en Uruguay recorriendo una distancia mínima de 1.159 kms en 125 días de libertad en un caso y 1.030 kms en 310 días de libertad en el otro.