Más de 4 mil rionegrinos dejarán de pagar Ganancias
Por debajo de este umbral no corresponderá retención alguna del tributo. Asimismo, en los meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 506.230 y resulte inferior o igual a $ 583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
La modificación propuesta permitirá que aproximadamente 250.000 trabajadores en relación de dependencia dejen de pagar el tributo, según cálculos realizados por el Palacio de Hacienda.
El umbral anterior del tributo era, desde enero de 2023, de $404.062, con lo que el aumento del monto exento es de 25,3 por ciento
Las disposiciones resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023, inclusive, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1°, que surtirá efectos conforme a lo allí previsto. El texto del proyecto de decreto, finalizado el miércoles pasado, establece en ese artículo que para el período fiscal 2023, el monto de la remuneración y/o del haber bruto, a los fines de lo dispuesto en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, en $506.230, inclusive”.
El umbral anterior del tributo era, desde enero de 2023, de $404.062, con lo que el aumento del monto exento es de 25,3 por ciento. La inflación acumulada a marzo, según informó el Indec, fue del 21,3%, con lo que bastará que el guarismo de abril, que la agencia estadística oficial informará el próximo viernes, supere el 2,9% para que el aumento del umbral debajo del cual no se paga Ganancias quede por debajo de la inflación del primer cuatrimestre del año.
Sucede que el aumento del piso obedece a la variación del RIPTE, el índice que mide la evolución de los salarios registrados, entre el mes de octubre de 2022 y el mes de febrero de 2023 (último dato publicado) que fue de 25,29%. El Poder Ejecutivo nacional tiene la facultad de incrementar el “piso” del impuesto a las ganancias.
Alivio sobre alivio
A comienzos de abril, Economía había también estableció un alivio del Impuesto a las Ganancias luego de un acuerdo con la Confederación General del Trabajo (CGT). Esa medida eximió del pago del Impuesto a las Ganancias a una serie de adicionales de convenio y buscó beneficiar a más de 600.000 trabajadores en relación de dependencia, lo que implicó una mejora salarial de bolsillo, según los rubros, en torno del 16 por ciento. Los conceptos u adicionales eximidos, acordó Hacienda con la central obrera, fueron bonos por productividad, retribución por movilidad, viáticos y otras compensaciones, horas extras y adicionales por turno rotatorio y similares.
El Impuesto a las Ganancias se calcula al aplicar una tasa sobre la diferencia entre los ingresos y las deducciones permitidas. Los montos se van ajustando en función del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que es el promedio de variación salarial que elabora la Secretaría de Seguridad Social.
A los asalariados, el empleador les retiene el impuesto cuando superan el piso del mínimo no imponible establecido. Para las sumas más altas se computa una deducción especial incrementada, hasta un monto determinado (que hoy es $466.017 y pasará a $583.8519.
FUENTE: ADN