Oleoducto en Vaca Muerta: entregan concesión por 35 años a PAE, Shell y Pluspetrol
El ducto, inaugurado a mediados de febrero último, contó con una inversión privada de u$s100 millones y permite aumentar la capacidad de transporte de petróleo desde Vaca Muerta a refinerías y puntos de exportación aliviando el cuello de botella existente en la infraestructura por el fuerte incremento de producción que se produjo en el yacimiento neuquino.
Con una extensión de 104 kilómetros, el oleoducto incrementará en 125.000 barriles diarios la capacidad de transporte de crudo desde Vaca Muerta, lo que equivale a 20.000 metros cúbicos diarios.
Sierras Blancas es el punto de partida del ducto y la cabecera principal de las operaciones de Shell en Vaca Muerta. Desde allí llega hasta
El decreto de este miércoles hoy establece que la concesión de transporte del oleoducto se prolongará por un plazo de 35 años, sin prejuicio de las eventuales prorrogas.
La misma será ejercida con un porcentaje de participación del 25% para PAE, 15% para Pluspetrol y 60% en el caso de Shell, firmas que construyeron el oleoducto y que poseen el derecho de solicitar la concesión dado que poseen las concesiones de explotación de las áreas desde donde se evacuará la producción.
Dichas áreas son las de Puerto Silva Oeste, Loma Jarillosa Este, La Calera, Meseta Buena Esperanza, Aguada Villanueva, Bandurria Centro, Bajada de Añelo y Coirón Amargo Sur Oeste. También el ducto permitirá evacuar la producción de Coirón Amargo Sur Este, Sierras Blancas, Cruzo de Lorena y Aguada Cánepa.
Dado que atraviesa más de una provincia, la Ley 26.197 de Hidrocarburos establece que es el Estado nacional quien establece las concesiones de los ductos.
El decreto ordena a las concesionarias a permitir el acceso indiscriminado de terceros a la capacidad de transporte del ducto que no esté comprometida por la misma tarifa y en igualdad de condiciones.
Esa tarifa máxima de transporte que podrán cobrar las concesionarias deberá ser aprobada por la Secretaría de Energía, según la normativa vigente.
Del mismo modo, estarán obligadas a presentar de forma periódica los estudios de operación y mantenimiento, el plan de contingencias y los informes de monitoreo correspondientes, además de pagar anualmente la Tasa de Control de Transporte y Captación de Hidrocarburos.
Asimismo, deberán declarar mensualmente los volúmenes transportados y mantener actualizada su inscripción tanto en el Registro Nacional de Empresas Transportistas de Hidrocarburos Líquidos por Ductos como en el Registro de Capacidades de Transporte y de Almacenaje de Hidrocarburos Líquidos.
Por otro lado, se les otorga un plazo de 60 días desde hoy para iniciar las tramitaciones pertinentes para constituir las servidumbres mineras de ocupación y de paso sobre los fundos que atraviesa el oleoducto, inscribiéndolas en los registros de propiedad de Río Negro y Neuquén.
FUENTE: -Ámbito