Resarcirán a un estudio jurídico que estuvo sin servicio de internet por 26 horas

El profesional sostuvo en la demanda que las interrupciones eran frecuentes, aunque el servicio, en general, se restituía después de una hora. Ese día hizo varios reclamos y recién después de 26 horas los operarios de la compañía Telecom Argentina S.A reconectaron la fibra óptica.

En ese momento le explicaron que el motivo de la interrupción había tenido origen en un error: debían cortarle el servicio a otro usuario de la zona. Sin embargo, cuando hizo la denuncia en el juzgado de Paz de Cipolletti la empresa alegó “un acto vandálico de corte de la fibra óptica”.

Los empleados del estudio aseguraron que ese día no pudieron realizar ninguna tarea. Desde la pandemia, el Poder Judicial digitalizó todos sus sistemas. Actualmente muchas audiencias se realizan a través de las plataformas, el expediente y la firma son digitales y las notificaciones se cursan por sistemas informáticos.

La demanda se tramitó por medio del mecanismo de menor cuantía. El fallo consideró que se ha probado que la responsabilidad del hecho es de la demandada Telecom Argentina S.A. “por lo que teniendo en consideración el marco del plexo normativo de protección del consumidor, según las pautas y con sustento en las normas específicas de la ley de Defensa del Consumidor y del Código Civil y Comercial de la Nación haré lugar a la demanda”.

La sentencia también consideró probado que la actividad en el estudio jurídico se vió gravemente afectada por dos días. En este sentido la pericia informática confirmó la existencia de un registro de corte el día 11/06/2021. También se informó que el cliente realizó reclamos vía telefónica que fueron materializados en una orden de trabajo para la reconexión del servicio y otra generada directamente por la oficina de atención sucursal Cipolletti y con prioridad alta.

Por otra parte, todos los testigos son personas que trabajan en el estudio jurídico de titularidad del profesional y mencionaron la misma circunstancia: que los días 10 y 11/06/ 2021 el trabajo no se pudo realizar y que el letrado no pudo tampoco acceder al servicio para conectarse el posgrado que se hallaba cursando.

Sobre la base de esas pruebas, se condenó a la compañía a abonarle al abogado la suma de 25 mil pesos en concepto de daño moral.

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