Fondo de Crédito para la Vivienda

La iniciativa pertenece al diputado de la Democracia Cristiana, Carlos Coggiola y designa como beneficiarios del acceso al crédito a todas las personas que residen en Neuquén desde hace más de tres años y no contar con ningún bien inmueble a su nombre. Aclara que en caso de alquilar, el anticipo inicial que recibiría el beneficiario podría aumentar hasta el 40% del total del costo de la obra.

Sobre la devolución del crédito, destaca que se otorga un plazo de amortización de 20 años de plazo a una tasa de interés que no podrá superar el 10% anual y se impone que durante dicho período los gastos administrativos deberán ser de hasta un 2% anual.

Respecto de los requisitos edilicios, el proyecto dispone que sólo se otorgarán créditos para vivienda que no superen los 75 m2. De igual modo, aclara que se tomará como referencia para calcular el costo del m2 el valor dispuesto por el Instituto Provincial de la Vivienda al momento de estimar el precio de la construcción de una vivienda social que ejecuta el Estado.

En su articulado establece que la administración del fondo recaerá en la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable (ADUS) y que oficiará de agente financiero al Banco de la Provincia del Neuquén S.A.

A la vez, indica que el Fondo recibirá recursos del Ejecutivo provincial por un plazo de 10 años. En ese sentido, detalla que los mismos provendrán del 10% del total de los ingresos que se encuentren por encima de los recursos estimados en el presupuesto provincial en concepto de regalías hidrocarburíferas.

En sus fundamentos advierte que el déficit habitacional en la provincia asciende a cerca de 80 mil familias sin vivienda y propone al FON.CRE.VI. Como una herramienta financiera que le permita a una gran parte de la población neuquina acceder a un crédito que, por las condiciones del mercado, le estaría prácticamente vedado en el actual contexto económico y social.

Puede que también te guste...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *