Gerez presentó proyecto de Ley para extender preventivas ante COVID-19

El fiscal general José Gerez presentó hoy un proyecto de Ley para extender en forma excepcional los plazos legales de la prisión preventiva ante el actual contexto de pandemia de COVID-19.


La iniciativa ingresó hoy a la Legislatura provincial, y fue acompañada por una nota del jefe de fiscales de la provincia al vicegobernador Marcos Koopmann, en la que planteó que el objetivo es “contemplar la incidencia de la situación excepcional que estamos transitando para el cómputo del plazo legal máximo de duración de la prisión preventiva, teniendo en cuenta la imposibilidad de poder concretar juicios orales y públicos en este tiempo y en dicho contexto”.
El proyecto consta de un artículo que plantea “extender por 1 (un) año los plazos legales de duración máxima de la prisión preventiva, establecidos en los artículos 119 y 224, inciso 1), del Código Procesal Penal de la Provincia del Neuquén (Ley N° 2784), a consecuencia de la emergencia sanitaria dispuesta a causa de la pandemia de COVID-19”.
Gerez señaló que ante la actual pandemia de COVID-19, hay una situación “que no pudo haber sido previsto por el legislador provincial al sancionar el código procesal vigente”, por lo que resulta necesario que se brinden “certezas para todas las partes involucradas en el proceso, en especial a las víctimas y familiares de delitos graves. De tal forma, se procura evitar la disparidad de criterios interpretativos que pueden suscitarse entre los/as jueces penales al tiempo de aplicar la norma legal dentro de la coyuntura actual, así como también el dispendio jurisdiccional que se podría producir al someter la cuestión a instancias superiores”.
“Es necesario abordar distintas situaciones legales que se presentan ante el surgimiento de la emergencia sanitaria dispuesta a causa de la pandemia de COVID-19”, planteó Gerez. “Estas medidas necesarias e inevitables han impactado en la administración de justicia, afectándose la normal prestación del servicio. En particular, se destaca la imposibilidad de poder concretar la realización de juicios orales y públicos durante la emergencia sanitaria. Esta situación tiene incidencia directa en aquellos imputados que se encuentran privados de la libertad, esperando en ese estado el juicio respectivo”, agregó.
Sobre la propuesta de extender excepcionalmente los plazos de duración de la prisión preventiva puntualizó que “no tiene por objeto renunciar a esa pauta objetiva, sino evitar que una eventual interpretación judicial rígida y descontextualizada de la realidad pueda llevar a frustrar los fines del encarcelamiento provisorio, que no es otro que el de cautelar el juicio penal”.
Asimismo, señaló que “la situación actual nos enfrenta al desafío de flexibilizar la regla para contemplar la excepcionalidad. Esta excepción encuentra su justificación en la emergencia sanitaria declarada a causa de la pandemia del COVID-19. Sin duda este es uno de esos eventos imprevisibles al momento de elaborar el texto de la ley vigente, que exigen su adaptación a una realidad impensada”. También indicó que “si bien los plazos procesales se encuentran suspendidos y las causas penales avanzan en la medida de las posibilidades de hacerlo en forma remota, lo cierto es que se presenta una dificultad logística al momento de realizar algunas audiencias, en particular los juicios”.

Esto último porque, sobre un escenario de pandemia por COVID-19, “es imposible realizar juicios penales, ya que los mismos implican la concentración de gente, con el consiguiente riesgo de contagio. Máxime, en el caso de los juicios por jurados”, describió el fiscal general.
Agregó que “si bien todos los plazos procesales se encuentran suspendidos por sucesivos Acuerdos de Superintendencia del Tribunal Superior de Justicia de nuestra Provincia, lo cierto es que los plazos de la prisión preventiva en particular tienen una especial connotación ya que se refieren a la restricción de la libertad ambulatoria de las personas que se encuentran imputadas de la comisión de delitos graves. Sabido es que una parte de la doctrina y la jurisprudencia han renunciado a la determinación de plazos taxativos de duración de la prisión preventiva, prefiriendo la elaboración de distintas pautas, que permitan evaluar la necesidad y proporcionalidad de esa medida frente a las circunstancias de cada caso concreto (lo que se conoce como plazo judicial)”.
La actual pandemia “genera incertidumbre hacia el futuro. Aún restan varios meses de emergencia sanitaria. La denominada “nueva normalidad” implicará la realización de las actividades cotidianas manteniendo distanciamiento social, ya que habrá que convivir con el virus. La duración de esta etapa se estima se extenderá hasta tanto se cuente con una vacuna que permita prevenir el contagio. La posibilidad de administrar masivamente esa vacuna se pronostica para el año 2021”, explicó el jefe de fiscales.
En ese contexto, “estimamos que transcurrirá un considerable tiempo hasta que puedan realizarse los juicios penales. De allí que los plazos de extensión de la prisión preventiva que se proyecta es de 1 (un) año. Este tiempo es razonable pues se estima que durante el mismo se puedan volver a programar los juicios que fueran agendados y no pudieron realizarse, así como también aquellos que no fueron agendados”.

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