Catriel habilita caminatas recreativas para domingo 24 y lunes 25

«Esta medida tiene como principal destinatario los niños y niñas ya que estos no fueron alcanzados por las excepciones que desde el primer día o en sucesivas se fueron resolviendo, atendiendo su salud psicofísica», indicó la Intendenta Viviana Germanier.

«Ya que los ciudadanos socialmente activos han sido comprendidos por las excepciones establecidas, pudiendo salir a trabajar, atender sus comercios, realizar sus trámites, asistir a los yacimientos y en el peor de los casos y por la implementación de la circulación vinculada a la terminación del DNI, tienen 3 días a la semana para salir a realizar sus compras», agregó la Mandataria.

CAMINATAS RECREATIVAS Y DE ESPARCIMIENTO

Domingo 24 terminación de DNI Par

Lunes 25 Terminación de DNI Impar

Horario: 14 a 17hs

Para los Adultos Mayores de 65 años, se ha dispuesto un horario matutino especial y único de 11 a 13hs, atendiendo a su calidad de personas de riesgo.

A los menores de 12 años no se controlará la terminación del DNI, pero deberán estar acompañados por un mayor que si corresponda la terminación de su DNI con el día habilitado.

CICLISMO DEPORTIVO Y DE ESPARCIMIENTO

En esta oportunidad no está habilitado, pero a los efectos de generar los espacios y la logística para su habilitación, a través de la Dirección de Deporte Municipal se creará un registro, donde los interesados deben inscribirse de manera online, al mail deportes@catriel.gob.ar, indicando lo siguiente:

• Nombre y Apellido

• Número de DNI

• Si es ciclismo recreativo o deportivo

Luego de reunión mantenida con el COEM, la Intendenta Viviana Germanier resolvió, según resolución municipal 1.531/20,adherir al Decreto provincial 399/20, que exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular en el ámbito del municipio de Catriel, a la actividad de Caminatas Recreativas y de Esparcimiento , con las respectivas aclaraciones, para su aplicación en la localidad.

PAUTAS A SEGUIR:

CAMINATAS RECREATIVAS Y DE ESPARCIMIENTO

En beneficio de la salud psicofísica de la población se disponen las siguientes pautas:

Las caminatas se pueden realizar en el barrio al que pertenece o en las inmediaciones de su domicilio.

Para las personas que deseen hacerlo en el casco céntrico y zonas aledañas se establecen como calles o avenidas peatonales para las caminatas las siguientes, donde estará restringida la circulación vehicular y habrá personal de las áreas de deporte y cultura para asistir y controlar el respeto de las medidas.

 AV. SAN MARTIN

 AV. CORDOBA

 AV. PRIMERO POBLADORES

 AV. HIPOLITO YRIGOYEN

 AV. ROQUE SAENZ PEÑA

 AV. LIBERTAD E INDEPENDENCIA

 AV. CHUBUT

 AV. MOSCONI

 CIRCUNVALACION BARRIO YPF

 CALLE PEDRO GUIACHINO

 CALLE CACIQUE CATRIEL

• La circulación peatonal deberá ser constante, no pudiendo detenerse a conversar con otros, respetando el distanciamiento social.

• La circulación peatonal deberá ser respetando el sentido de circulación vehicular. Evitando caminar por el centro de la calzada.

• La caminata deberá ser de forma individual. En su defecto en un máximo de 3 personas en el caso de convivientes.

• Los menores de 12 años deberán realizarla en compañía de un adulto, el día correspondiente a la terminación del DNI del adulto, teniendo este que llevar el mismo para ser presentado ante el requerimiento.

• En caso de sobrepaso o cruce, realizarlo a no menos de 2 metros.

• Deberán llevar hidratación, la misma deberá ser individual.

• Queda expresamente prohibido el uso de juegos y maquinas públicas de ejercicios, así como la permanencia en plazas, plazoletas.

• Uso obligatorio del tapa boca o barbijo casero.

• Se dispondrán de controles para constatar el cumplimiento de lo dispuesto.

Establecer que lo dispuesto tendrá aplicación solo para los días Domingo 24 y Lunes 25 de mayo, desde las 14:00 hs y hasta las 17:00 hs. Pudiendo realizarlo el día 24 la terminación de DNI PAR y el día 25 la terminación de DNI IMPAR.

CAMINATAS RECREATIVAS Y DE ESPARCIMIENTO – ADULTOS MAYORES

Establecer, que los adultos mayores a 65 Años podrán realizar caminatas recreativas según lo establecido en el presente artículo:

En beneficio de la salud psicofísica de la población de adultos mayores se disponen las siguientes pautas:

Las caminatas se pueden realizar en el barrio al que pertenece o en las inmediaciones de su domicilio..

Para las personas que deseen hacerlo en el casco céntrico y zonas aledañas se establecen como calles o avenidas peatonales para las caminatas las siguientes, donde estará restringida la circulación vehicular y habrá personal de las áreas de deporte y cultura para asistir y controlar el respeto de las medidas.

 AV. SAN MARTIN

 AV. CORDOBA

 AV. PRIMERO POBLADORES

 AV. HIPOLITO YRIGOYEN

 AV. ROQUE SAENZ PEÑA

 AV. LIBERTAD E INDEPENDENCIA

 AV. CHUBUT

 AV. MOSCONI

 CIRCUNVALACION BARRIO YPF

 CALLE PEDRO GUIACHINO

 CALLE CACIQUE CATRIEL

• La circulación peatonal deberá ser constante, no pudiendo detenerse a conversar con otros, respetando el distanciamiento social.

• La circulación peatonal deberá ser respetando el sentido de circulación vehicular. Evitando caminar por el centro de la calzada.

• La caminata deberá ser de forma individual. En su defecto en un máximo de 3 personas en el caso de convivientes.

• En caso de sobrepaso o cruce, realizarlo a no menos de 2 metros.

• Deberán llevar hidratación, la misma deberá ser individual.

• Queda expresamente prohibido el uso de juegos y maquinas públicas de ejercicios, así como la permeancia en plazas, plazoletas.

• Uso obligatorio del tapa boca o barbijo casero.

• Se dispondrán de controles para constatar el cumplimiento de lo dispuesto.

• Deberán circular con el DNI, a los efectos de ser presentado ante el requerimiento del mismo.-

Establecer que lo dispuesto tendrá aplicación solo para los días Domingo 24 y Lunes 25 de mayo, desde las 11:00hs y hasta las 13:00 hs. Pudiendo realizarlo el día 24 la terminación de DNI PAR y el día 25 la terminación de DNI IMPAR.

Además, se establece la aplicación de multas de Pesos $2.000,00 (Pesos Dos mil) a los ciudadanos que no cumplan con lo establecido en la presente resolución.

Se establece que los días 24 y 25 del corriente mes queda totalmente prohibida la circulación vehicular, salvo la vinculada a las fuerzas de seguridad, salud pública, actividades vinculadas al servicio esencial de la generación de energía y la industria de los hidrocarburos y Municipalidad de Catriel.

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