Andacollo también restringe la circulación de ciudadanos
El Comité de Crisis de la localidad de Andacollo se reunió el último sábado por la tarde para oficializar el Decreto N° 49/20 que regirá a partir de éste lunes 20 de abril.
Dicho Decreto tiene como objetivo la reorganización social y prevé que los días lunes, miércoles y viernes los habitantes que tengan su número de DNI finalizado en número par (0,2,4,6 y 8) podrán circular, mientras que los habitantes que tengan su número de DNI finalizado en número impar (1,3,5,7y9) podrán circular los días martes, jueves y sábado.
La medida también queda vigente para todos los habitantes del Departamentos Minas que ingresen a la localidad de Andacollo, siendo exceptuados los crianceros, productores y las personas que tenga una justificación o autorización y trabajadores del sector informal que requieran salir a trabajar.
Dicho Decreto se hará cumplir por inspectores municipales y personal policial de la Comisaría N°30 de Andacollo. Si alguien no cumpliese con el Decreto N° 49/20 se le labrará un acta y luego se le aplicará la multa correspondiente por violar dicho Decreto.
Otra medida que también se aplica es para el rubro de gastronomía, permitiendo que los locales que tengan Delivery puedan extender su horario hasta las 21:30hs.
En la actualidad en el Departamento Minas no hay ningún caso de coronavirus y tampoco hay casos sospechosos de COVID-19.