Presentan el proyecto de ley para que Neuquén adhiera al protocolo ILE nacional
La diputada Patricia Jure (Frente de Izquierda y de los Trabajadores), fue quien presentó junto a profesionales de Siprosapune entre otros
Se trata de un proyecto de Ley de adhesión al protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo(ILE), actualización contenida en la Resolución 1/2019 del Ministerio de Salud nacional.
Al respecto Noemí Alemany, secretaria gremial de Siprosapune y secretaria de DDHH y ética de Fesprosa, manifestó “Con este protocolo, a pesar que es una guía de práctica en los hospitales, le va a resultar más difícil a un Ministro o Subsecretario de Salud hacer una contra resolución como lo que pasó con Rubinstein y el veto de Macri. Que tenga fuerza de ley es necesario y por eso apoyamos esta presentación de la diputada Patricia Jure.
Es un protocolo que acumula todo lo que se logró durante todo este tiempo, más las recomendaciones de la OMS. Tiene una uniformidad para poder hacer efectivo el derecho a la interrupción legal del embarazo”. Jure por su parte señaló “Estamos hablando de un derecho que pronto cumplirá 100 años, pero que aún intenta ser anulado por objetores de conciencia que son los ejecutores de los compromisos entre el Estado y las iglesias. El caso más claro ha sido el de Río Negro con el médico Rodriguez Lastra. A pesar de existir un protocolo, el profesional obstaculizó el derecho y sometió a una joven que debía ser asistida con la ILE, a continuar la gestación hasta un punto irreversible.
La adhesión por ley es parte de la lucha por la efectiva aplicación de la ILE, en el camino de conquistar definitivamente el derecho al aborto legal seguro y gratuito”.“Que no se trata de un trámite lo demuestra, que organizaciones anti derechos han salido a manifestar su negativa abierta. Lo que confirma que existe una acción consciente y organizada para obligar a las niñas,mujeres o disidencias a parir, aun cuando ponga en riesgo su salud o sean víctimas de violaciones. Es por ello que este proyecto es una herramienta más de la lucha en las calles y contra el oscurantismo que niega además la Educación sexual integral y los anticonceptivos. No vamos a retroceder un siglo.La ola verde sigue”.
Se pueden presentar adhesiones en Legislatura.
Esperamos que en su tratamiento sea un espacio para la intervención de las diferentes profesionales que defienden este derecho y de las organizaciones de mujeres que han sido clave para que la esta actualización del protocolo de ILE.
La actualización del protocolo establece
– incuestionable la decisión de la persona gestante,no pudiendo ser sometida a juicios de valor derivados de las consideraciones personales y religiosas de los profesionales de la salud. Pondera el principio de autonomía en base a una información veraz, adecuada y completa.- Desarrolla el causal ‘salud’ desde una perspectiva integral, contemplando las dimensiones de salud mental, social y física. En este sentido, incorpora factores de vulnerabilidad social y violencia basada en género.
– Abarca a las personas con discapacidad reforzando el derecho “en que, en consonancia con la CDPD, el CCyC señala que la regla es la capacidad delas personas, es decir, que se debe considerar que todas las personas son capaces de tomar sus propias decisiones”.
– Desarrolla la importancia de la accesibilidad. La práctica no puede ser judicializada ni obstaculizada, y establece un plazo de10 días corridos para la efectivización de la ILE cuando fuera solicitada.
– Deja en claro que: “Todas las personas adolescentes de entre 13 y 16 años pueden brindar su consentimiento en forma autónoma si se trata de prácticas que no representen un riesgo grave para su vida o su salud”,si fueran menores de 13 años considera que “toda relación sexual con una niña(menor de 13 años) es una violación” y por lo tanto no es necesaria la Declaración Jurada. Debe ser acompañada por sus progenitores, tutores o encargados pero aclara que: “Si existiera una negativa de progenitores, tutores o encargados de acompañar la decisión de la niña, podrá ser acompañada para brindar su consentimiento por otro/a referente afectivo. Si no existiera esta posibilidad, el conflicto debe resolverse desde el equipo de salud teniendo en cuenta el interés superior de la niña, la regla de no sustitución del consentimiento, y la aptitud de la niña para decidir en base al desarrollo de su autonomía progresiva”
.- Si bien el Protocolo sostiene que la objeción de conciencia “no debe traducirse en obstrucción a la práctica”, sí la reconoce a título individual –que es en los hechos la vía por la cual numerosas instituciones de salud bloquean el acceso a derechos. El movimiento de lucha dela ola verde debe seguir con mucha atención que esta cláusula no sea un bloqueo al acceso a la ILE en Neuquén y en el país y mantener su movilización.