Juicio “Escuelita VI”: la Fiscalía pidió penas de entre seis y veinte años de prisión por crímenes contra la humanidad
Al término de su alegato, que demandó ocho horas, la Unidad especializada pidió penas de entre seis y veinte años de prisión
El fiscal general a cargo de la Unidad que interviene en juicios por crímenes del terrorismo de Estado en Neuquén, Miguel Ángel Palazzani, junto a su equipo de trabajo integrado por Jorgelina D’alessandro, Gabriela Schumacher y David Maestre, expuso su acusación en el juicio que tiene como imputados a ex miembros de la VI Brigada de Montaña, del Destacamento de Inteligencia 182, de la Escuela de Instrucción Andina y de Gendarmería Nacional acusados de los secuestros y tormentos físicos y psíquicos perpetrados contra diez víctimas.
Al término de su alegato, que demandó ocho horas, la Unidad especializada pidió penas de entre seis y veinte años de prisión. “Estos delitos constituyen prácticas genocidas contra una parte del pueblo argentino”, manifestó el Ministerio Público Fiscal.
El debate comenzó el 18 de junio de este año y declararon 34 testigos. Durante el desarrollo del juicio, tres de los ocho acusados negaron su participación en los secuestros y torturas. El resto no declaró. En la causa se juzgan los hechos sufridos por periodistas que fueron secuestrados y torturados, así como también otras víctimas de la región, entre 1976 y 1978.
La Fiscalía afirmó que la responsabilidad penal en los hechos quedó probada a partir de la profusa prueba documental reservada en la causa y también en función de los testimonios recibidos en este juicio. «Hemos podido vivenciar dos fenómenos emblemáticos consecuencia de estos crímenes: la desaparición y el exilio. Dos consecuencias del terror que, como pudimos advertir, extienden sus consecuencias hasta la actualidad”, resaltó el MPF.
La Fiscalía afirmó que la responsabilidad penal quedó probada a partir de la prueba documental incorporada a la causa y los testimonios recibidos en el juicio.
Las penas solicitadas por la Fiscalía
Ante el Tribunal Oral Federal de Neuquén -integrado por Orlando Coscia, Alejandro Silvia y Alejandro Cabral-, el fiscal general solicitó que se condene al ex jefe de Inteligencia, Oscar Lorenzo Reinhold, a veinte años de prisión por considerarlo penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el uso de la violencia; y por la aplicación de tormentos físicos y psíquicos por resultar las víctimas perseguidos políticos.
Por los mismos delitos pidió condenas a dieciocho años de prisión para los ex capitanes del Destacamento de Inteligencia 182 del Ejército de Neuquén, Jorge Molina Ezcurra y Sergio San Martín, y al entonces comandante de la VI Brigada de Neuquén, Néstor Rubén Castelli. En tanto que requirió quince años para Jorge Di Pasquale, integrante del mencionado Destacamento.
También por privación ilegal de la libertad agravada por el uso de la violencia, y aplicación de tormentos físicos y psíquicos agravada por ser la víctima un perseguido político, el MPF pidió diez años para el ex jefe Militar, Marcelo Zárraga; ocho años para el entonces miembro de Inteligencia, Carlos Benavídez; y seis años para el ex comandante de Gendarmería de Junín de los Andes, Emilio Jorge Sacchitella.
La Unidad de Derechos Humanos del MPF también instó al Tribunal a que se haga saber al Ministerio de la Defensa de la Nación el contenido de la sentencia, para que se inicie el eventual proceso de destitución previsto en la ley 26.394 y/o sanción que corresponda dentro del ámbito militar, respecto de los militares cuya sanción se requirió en forma conjunta con la de prisión.
También requirió que se suspenda el goce de toda jubilación, pensión o retiro que pudieran percibir los acusados -en los casos en que dicha medida no se haya dispuesto como consecuencia de otras sentencias penales- y que se ordene la detención de Carlos Alberto Benavidez, Fernando Zárraga y Emilio Sachitella y se revoquen las prisiones domiciliaras de los demás imputados.
Palazzani pidió que en la sentencia se consigne que los delitos que constituyeron prácticas genocidas contra una parte del pueblo argentino.
Finalmente, solicitó que se exprese en la sentencia que estos delitos han sido cometidos en el marco del genocidio perpetrado en nuestro país y que constituyen prácticas genocidas contra una parte del pueblo argentino.
El Tribunal dispuso un cuarto intermedio hasta el 28 de agosto, para cuando se espera que aleguen las defensas.