La Emergencia Agropecuaria pasa al recinto
Las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Hacienda, por unanimidad, emitieron los correspondientes despachos para declarar la emergencia y desastre agropecuario para los ciclos productivos 2016-2017 y 2017-2018 para todo el territorio provincial.
Así lo hicieron para aportar ayuda y soluciones a productores que desde el año 2016 se encuentran afectados por la sequía extendida que registra la región. Ahora el despacho pasó al recinto donde podrá ser tratado en la próxima sesión ordinaria de la Cámara.
La iniciativa exime del impuesto inmobiliario a productores y establecimientos productivos afectados, así como dispone la suspensión de instancia de juicios por apremios y ejecuciones prendarias hipotecarias durante el lapso que demande la declaración de emergencia, marco legal que puede prorrogarse por hasta 6 meses después de su culminación.
Para ello, los productores deberán certificar que las condiciones de sequía, meteorológicas y climáticas afectaron en hasta un 50% su capacidad productiva y el requisito se eleva al 80% para los establecimientos productivos.
El despacho suscripto también adhiere a la Ley Nacional 26.509, de Sistema Nacional para la prevención y mitigación de emergencias y desastres agropecuarios. De igual modo, crea en el ámbito provincial una Comisión de Emergencia Agraria.
Ambas instancias trabajarán de manera articulada ya que la Comisión deberá alertar sobre la necesidad de declarar la emergencia al gobierno provincial y este último, a través del Ministerio de Producción, solicitar al sistema nacional las acciones para mitigar los daños causados por factores climáticas o otra índole que afecten la capacidad de producción de la zona afectada.
Por su parte, la Comisión de Emergencia Agraria relevará a nivel provincial el grado de daño, delimitará las zonas afectadas, determinará las acciones a realizar y monitoreará la evolución de la emergencia. En ese sentido, estará facultada para elevar a la autoridad de aplicación la propuesta para declarar la emergencia agropecuaria, medida que el Ejecutivo podrá efectivizar a través de un decreto.
De esta forma, el Ejecutivo podrá otorgar beneficios tributarios para ayudar al productor; disponer convenios con entidades financieras para facilitar el otorgamiento de créditos y prorrogas; disponer la suspensión de ejecuciones fiscales por la vía de apremio y ofrecer asistencia social tanto para el trabajador rural como también para su familia.