Presentaron en el Deliberante allense un proyecto de prevención toxicologica en la municipalidad

El bloque UCR presentó en el Concejo Deliberante de Allen un proyecto de ordenanza que establece la Política de Prevención Toxicológica en el Ámbito Laboral del Municipio y el pertinente Protocolo de Actuación.

La norma establece que todo el personal municipal, incluida la planta política, deberá someterse a test que se harán de forma espontánea y por sorteos mediante número de legajo en los lugares de trabajo. Los exámenes se harán en horario de trabajo y los realizarán agentes del área de Capital Humano.

Dado que el espíritu de la norma es el de proteger la integridad física de los empleados y de los vecinos y vecinas de Allen se establecieron pausas para aquellos casos que los test den positivo a consumo, que permitirán acompañar a la persona en un tratamiento para el consumo problemático, sin carácter condenatorio.

El objetivo de lo normado es proteger el personal, a la ciudadanía y resguardar los bienes municipales y la indemnidad patrimonial del estado local.

El artículo 4 de la ordenanza refiere que “cuando un test de positivos y/o se verifique el consumo in fraganti de cualquier sustancia que pueda individualizarse como prohibida, el agente será inmediatamente suspendido preventivamente y será citado por el área correspondiente y/o afín del Municipio para su evaluación y derivación”.

El proyecto resalta además que el Municipio se encuentra adherido a la Ley Nacional de Transito N° 24.449 de “Alcohol Cero al Volante” y que por tanto sancionar esta norma es coherente con la política comunal, al mismo tiempo de que el Estado Municipal debe intervenir con políticas claras para el abordaje de los consumos problemáticos, de los cuales el personal municipal no está exento.

Prohibiciones
La ordenanza establece en su artículo 2, la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y/o sustancias prohibidas y/o drogas ilegales durante la prestación de tareas, tanto en el horario normal y habitual, como así también en los horarios de ingreso, extraordinarios y suplementarios, para todo el personal dependiente del Municipio de la Ciudad de Allen, personal de planta permanente, planta transitoria, contratados, eventuales, pasantes y/o cualquier otra modalidad contractual a utilizarse en el futuro; como así también para Funcionarios Electos y/o Designados, en todos sus rangos y/o jerarquías, en los tres poderes del Estado: ejecutivo, legislativo y de contralor.

El artículo 5 refiere que “si el agente involucrado con resultados positivos o verificación de consumo infraganti se desempeñara como chofer y/o conductor de vehículos y/o maquinarias y/o cualquier tipo de vehículo de propiedad o uso municipal, será inmediatamente separado de su función durante el tiempo que dure su tratamiento y hasta tanto se verifique su total desintoxicación y abandono definitivo del consumo de las sustancias prohibidas”.

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