Petroleros jerárquicos denuncian retenciones «indebidas» del Impuesto a las Ganancias

El sindicato de petroleros con cargos jerárquicos denunció ante la Secretaría de Trabajo de la Nación que las empresas aplicaron retenciones «indebidas» del Impuesto a las Ganancias con los salarios de julio pasado. Según alertó el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Neuquén, Río Negro y La Pampa, un «importante número de empresas del sector han retenido de manera indebida, incorrecta y en exceso» a pesar de la reglementación del Poder Ejecutivo del artículo 82 de la Ley 27.743. Esa reglamentación -que se hizo a través del Decreto 652/2024- estableció una excención de Ganancias para los petroleros de Vaca Muerta, pero que apunta solamente a los operarios de campo. Por el pago de Ganancias ya hay un conflicto abierto con otros petroleros, de la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles (FASiPeGyBio). Esta entidad que representa a 22.000 trabajadores principamente de refinerías lanzó esta semana un paro por tiempo indefinido, que empezaba a regir a partir de las 0 del jueves 1 de agosto, contra la restauración del impuesto a las Ganancias. Finalmente, el Gobierno dictó la conciliación obligatoria y se pasó a un tiempo de negociación. ¿Qué denuncian los petroleros jerárquicos? Con la firma del secretario general del gremio, Manuel Arévalo, los trabajadores advirtieron que se hicieron descuentos sobre las remuneraciones de jerárquicos correspondientes al mes de julio de 2024, originando un «muy grave conflicto colectivo de trabajo». En ese marco, aseguraron que esta situación es «directa y manifiesta responsabilidad» de las empresas nucleadas y representadas por las cámaras empresarias CEPH y la CEOPE. «Al aplicar de manera irregular e incorrecta la nueva ley sin actualizar el valor de la devolución conforme al art. 65 del CCT N° 637/11, han abonado los salarios del mes de julio por un monto sumamente inferior al que corresponde, originando una gravísima desestabilización en la economía de muchísimas familias», sostuvieron. El sindicato alertó que las empresas representadas en las cámaras «han transgredido el principio de integridad y protección de las remuneraciones de nuestros representados (art. 131 y concordantes de la ley de contrato de trabajo, normas concordantes y reglamentarias), con lesión a la garantía de propiedad privada (art. 17 de la Constitución Nacional)». Según informaron los jerárquicos, la entidad gremial ya presentó un denuncia formail ante la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, donde se exige que de «manera urgente se convoque a las cámaras empresarias CEPH Y CEOPE a fin de dar un tratamiento y solución inmediata al impacto que la aplicación del impuesto a las ganancias ha producido sobre los salarios». «Nuestra preocupación por el impacto regresivo de la nueva normativa, y con absoluta convicción decimos que toda reducción salarial con motivo de las nuevas normas en materia de impuesto a las ganancias, a partir del periodo Julio de 2024, deberá ser compensada por los empleadores del sector hidrocarburífero, por los procedimientos convencionales, actas concordantes y legales que corresponden, como ya lo hemos manifestado en numerosas audiencias ante la autoridad administrativa del trabajo», sostuvieron en un comunicado oficial firmado por Arévalo. Al final del documento, aclararon que si no hay solución al conflicto no descartan adoptar «legítimas medidas de acción sindical» en los próximos días para «mantener y preservar» los salarios. ¿Cuáles son los petroleros excluidos del Impuesto a las Ganancias? Según lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27.743, el «personal de pozo» incluye a aquellos que realizan actividades esenciales como la exploración petrolífera o gasífera, tareas en boca de pozo, perforación, terminación, mantenimiento, reparación, intervención, producción, servicios de operaciones especiales y servicios de ecología y medioambiente. Asimismo, se reconoce como «personal de pozo» de Vaca Muerta a los trabajadores que, aunque no se encuentren directamente en los pozos, desarrollan labores indisolubles a estas actividades, como la operación y mantenimiento de instalaciones necesarias para la producción de hidrocarburos. La excepción contenida en el segundo párrafo del mencionado artículo 82 excluye a personal directivo, ejecutivo y gerencial, asegurando que el beneficio se dirija específicamente a los operarios. ¿Cuáles son los petroleros incluidos en el Impuesto a las Ganancias? Los directivos que sí deberán volver a pagar el Impuesto a las Ganancias son quienes ocupen o desempeñen en empresas públicas o privadas cargos en directorios, consejos, juntas, comisiones ejecutivas o de dirección, órganos societarios asimilables o posiciones gerenciales que involucren la toma de decisiones o la ejecución de políticas y directivas adoptadas por los accionistas, socios u órganos antes mencionados. También volverían a quedar alcanzados por Ganancias los petroleros que trabajan en las cuencas Austral, Noroeste, Cuyana y Golfo San Jorge. Y además, serán alcanzados los petroleros que trabajan en refinerías de la provincia de Buenos Aires, como los de Dock Sud, Campana o La Plata, todos afiliados a la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles (FaSiPeGyBio).

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